Necesito Visado

Viajar desde España

¿Necesito visado para viajar a Catar?

No hace falta pedir visado: se concede un permiso de entrada en el aeropuerto con pasaporte válido y billete de vuelta.

Requisitos de entrada para españoles

Catar

No hace falta visado
  • No necesitas visado
  • Necesitas pasaporteValidez mínima: 6 meses
  • Vacunas obligatoriasNinguna

*Viaje de turismo con pasaporte español ordinario. Confirma siempre con la embajada antes de viajar.

Web informativa e independiente, sin relación con el Ministerio de Asuntos Exteriores ni con ninguna embajada o agencia. No tramitamos visados. Los requisitos pueden cambiar sin aviso: confirma siempre con la embajada o consulado del país antes de viajar.

Visado para viajar a Catar

No hace falta pedir visado: se concede un permiso de entrada en el aeropuerto con pasaporte válido y billete de vuelta.

Esto es lo que indica el Ministerio de Asuntos Exteriores en sus recomendaciones de viaje para quienes viajan a Catar con pasaporte español por turismo. Más abajo tienes su texto, la documentación, las vacunas y los datos de la embajada.

Los ciudadanos españoles que viajen a Qatar no necesitan solicitar visado de entrada al país; en su lugar, se expedirá un permiso de entrada múltiple en el aeropuerto de entrada. Para la obtención de dicho permiso, será necesario la presentación de un pasaporte con una validez mínima de seis meses, así como la confirmación de reserva o el billete de vuelta. Asimismo, en caso de que la estancia sea superior a 30 días, será requerido la contratación de un seguro médico local o presentar seguro médico internacional con cobertura en Qatar que cumpla con los requisitos de la legislación local. El coste de la póliza mínima es de 50 QAR (unos 13 euros). Puede encontrar más información, así como contratar la póliza, en el siguiente enlace​. Cuando el objeto del viaje no sea el turismo, es fundamental solicitar el tipo de visado correspondiente al propósito del viaje que se realiza. No se deben solicitar visados de turismo si el turismo no es el fin de su desplazamiento a Qatar. Los españoles que se desplacen al país para trabajar o en visita de negocios deben informarse ante las autoridades cataríes sobre el tipo de visado necesario y cómo tramitarlo (ver último párrafo de este apartado). La prensa extranjera que se desplace al país para el ejercicio de actividades informativas debe gestionar el permiso pertinente ante las autoridades de Qatar (puede hacerse online en la página web mencionada más abajo).

Texto del Ministerio de Asuntos Exteriores (recomendaciones de viaje para Catar), consultado el 3 de noviembre de 2026. Ver la ficha oficial.

Pasaporte y documentación

/ DNI Pasaporte con validez de, al menos, 6 meses. Las autoridades de Qatar no reconocen los pasaportes provisionales (los que se obtienen en nuestros Consulados en caso de pérdida o robo) de terceros países como documento válido para ingresar en su territorio salvo que tengan visado obtenido en alguna de sus representaciones en el exterior (visado que no se podrá tramitar a la llegada). Visados Los ciudadanos españoles que viajen a Qatar no necesitan solicitar visado de entrada al país; en su lugar, se expedirá un permiso de entrada múltiple en el aeropuerto de entrada. Para la obtención de dicho permiso, será necesario la presentación de un pasaporte con una validez mínima de seis meses, así como la confirmación de reserva o el billete de vuelta. Asimismo, en caso de que la estancia sea superior a 30 días, será requerido la contratación de un seguro médico local o presentar seguro médico internacional con cobertura en Qatar que cumpla con los requisitos de la legislación local. El coste de la póliza mínima es de 50 QAR (unos 13 euros). Puede encontrar más información, así como contratar la póliza, en el siguiente enlace​. Cuando el objeto del viaje no sea el turismo, es fundamental solicitar el tipo de visado correspondiente al propósito del viaje que se realiza. No se deben solicitar visados de turismo si el turismo no es el fin de su desplazamiento a Qatar. Los españoles que se desplacen al país para trabajar o en visita de negocios deben informarse ante las autoridades cataríes sobre el tipo de visado necesario y cómo tramitarlo (ver último párrafo de este apartado).

Antes de viajar a Catar

  • Pasaporte en vigor (6 meses)
  • Sin visado para turismo
  • Sin vacunas obligatorias
  • Seguro de viaje con cobertura médica
  • Inscripción en el Registro de Viajeros de Exteriores (recomendable)

Vacunas y sanidad

Obligatorias: Ninguna Recomendadas: Ninguna ​ Para más información, consulte la siguiente página web​. Se recuerda la conveniencia de contratar un seguro de viaje. Qatar exige la contratación de un seguro médico local para obtener el visado en el aeropuerto para estancias superiores a 30 días. Para cualquier duda relativa a seguros médicos, Qatar ha habilitado el teléfono 16000. En caso de necesitar atención sanitaria urgente, se recuerda que el número de emergencias es el 999. En caso de que el viajero tenga necesidades médicas especiales, se recomienda que se contacte a la aerolínea para informar de esta circunstancia. La aerolínea de bandera catarí, Qatar Airways, puede requerirle la presentación de un formulario médico con carácter previo al embarque: Medical Assistance | Qatar Airways Las condiciones sanitarias en Qatar son las propias de un clima extremo, desértico, con tormentas de arena y con fuerte humedad. Las temperaturas durante los meses de mayo a septiembre oscilan entre los 45ºC y los 50ºC con tasas de humedad que superan en ocasiones el 80%. Resulta primordial mantenerse hidratado en todo momento. Los servicios hospitalarios son buenos. La red de hospitales públicos (Hamad Medical Corporation) es amplia y también existen hospitales privados de calidad. Es aconsejable beber agua mineral.

Dinero y divisas

La moneda de Qatar es el rial catarí, que tiene una paridad fija con el dólar (1 dólar USA=3,63 QR). Los euros pueden ser cambiados en la mayoría de los bancos y en las oficinas de cambio de divisas, al igual que los dólares EEUU, libras esterlinas y otras monedas (los bancos y organismos oficiales cierran los viernes y los sábados y en festividades locales). El pago con tarjetas de crédito es seguro y está ampliamente difundido en Qatar.

Embajada de España en Catar

Embajada de Catar en España Paseo de la Castellana, 15, 5ª Planta 28046 Madrid. Tel.: 913 10 69 26 Fax : 913 10 48 51 Correo electrónico: infor@qatarembassy.es ​Página web Prefijo País: +974 Embajada de España en Catar Villa number 9 Saha Street 93 Wadi Umm Sarma (Street number 563, Zone 66) Doha. Pobox: 24616 Qatar ​Tel.: + 974 4429 0555 Teléfono de emergencia consular: +974 55862411 (teléfono exclusivo para emergencias consulares de ciudadanos españoles; no se facilitará información a otros efectos que la atención exclusiva de la emergencia).​ Fax: + 974 4483 58 87 Correo electrónico: emb.doha@maec.es Página web Horario de atención al público: de domingo a jueves de 9:00 a 13:00, permaneciendo cerrada al público los viernes y sábados siguiendo el fin de semana musulmán.

Preguntas frecuentes sobre el visado para Catar

¿Necesito visado para viajar a Catar?

No hace falta visado. No hace falta pedir visado: se concede un permiso de entrada en el aeropuerto con pasaporte válido y billete de vuelta.

¿Puedo viajar a Catar con el DNI?

No. Hace falta pasaporte en vigor (validez mínima: 6 meses).

¿Qué vacunas son obligatorias para viajar a Catar?

Ninguna. Consulta además a un centro de vacunación internacional antes del viaje.